| Nuestra Historía | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DISPOSICIONES PARA VUELOS REGIONALES
1945 - 1953
(Emitidas por
Alfonso Cuadrado Merino)
En su calidad de “Jefe Regional de Operaciones de
Magallanes” y siendo don Marcial Arredondo el Jefe del Dpto. de Operaciones en
LAN, don Alfonso Cuadrado M. dispone el siguiente
REGLAMENTO
DE OPERACIONES PARA LOS AVIONES CON BASE EN LA POSTA AEREA DE LA LINEA AEREA
NACIONAL EN MAGALLANES (JUNIO 1945):
“La Regional de Operaciones de la LAN en Magallanes, en
atención a las especiales condiciones de la zona de su influencia con respecto
al resto de las rutas que sirve las Empresa en cuanto a topografía y
meteorología se refiere, se regirá por las disposiciones enumeradas a
continuación:
Los temas no tratados en la presente reglamentación deberán
buscarse en los manuales con que cuenta la Institución y que contienen
información completa para las diversas actividades operativas que requiere un
servicio Aéreo Comercial.
Los mismos mínimos utilizados para el servicio zonal,
servirán para los aviones procedentes de la ruta norte, en los Aeródromos de
Punta Arenas y Springhill.
CUADRO DE OPERACIÓN DE LOS AERÓDROMOS ZONALES
Explicaciones: NA No Autorizado
Altura En metros
Visibilidad En kilómetros
CERRO GUIDO (LAN) Apta Buena
alternativa cuando cuente con equipo radiogoniométrico e iluminación
KIMIRE AIKE Apta Idem anterior
SPRINGHILL Autorizado para operación
nocturna siempre que cuente con lámparas de balizaje.
POR (Cancha de Pta. Chilota) Este aeródromo se operará con las siguientes restricciones:
1) Se efectuarán aproximaciones y
aterrizajes sólo cuando el viento sea desde los 205 hasta los 287° mag., teniendo especial precaución cuando éste fluctúa
entre los 205 y 220° mag.
2) No se efectuarán decolajes en dirección
355-030° mag. aún cuando el viento de esa dirección
sea de una intensidad que permita al avión poder despegar en corto trecho y
sobrevolar el cerro ubicado en esa dirección.
3) Se entenderá que el aeródromo de Punta
Chilota estará clausurado cuando los vientos en la cancha sean de los
cuadrantes 112-205° mag. y 287-355° mag. tanto para aterrizajes como para despegues.
4) Cuando los vientos sean inferiores a 30
kph, se podrá aterrizar con cualquier viento ocupando cualquiera de las dos
pistas con que se cuenta.
5) En ningún caso se operará el avión
Electra sobre el cerco a menos de 125 kph.-
6) Ningún Capt.
de la Empresa podrá aterrizar en esta aeródromo sin haber aterrizado como
Copiloto un mínimo de tres veces.
NAS (Bahía
Catalina) Se acompaña en documento
aparte, el descenso instrumental de dicho aeropuerto, con el esquema
correspondiente.-
REGULACIONES
OPERATIVAS ZONALES
1).- El cruce del Estrecho no podrá hacerse a una altura inferior a 500 metros,
cuando sea posible efectuarlo a una altura superior.- Cuando el plafond sea
inferior a 500 metros, el cruce deberá hacerse por primera o segunda angostura
a una altura no inferior a 200 metros.- La visibilidad mínima será de tres kilómetros siempre que se
cuente con ayuda radiogonométrica. Sin este
requisito, la visibilidad mínima será aumentada a 5 kms.
2).- El personal de pilotos que vuele en la
zona a menos de 500 metros d altura, deberá cursar posiciones cada veinte
minutos y mantendrá encendidos los equipos de recepción y transmisión , si
vuela sobre el Estrecho.
3).- Cuando se vuele bajo condiciones de
sistema frontal, la cancha alternativa deberá tener visibilidad y techo
ilimitados, debiendo el pronóstico confirmar que dichas condiciones se
mantendrán mientras dure el vuelo. Los vuelos que .efectúen sin sistema
frontal, se regirán por el cuadro de mínimums detallado en un comienzo.
4).- Los vuelos interdepartamentales serán
postergados o cancelados, cuando el viento sobrepase los ochenta kph.
5).- Cuando un avión se encuentre volando bajo
condiciones pre-frontales., frontales, o post-frontales, será la
responsabilidad del Jefe de la Estación Aérea de Bahía Catalina, el solicitar
que radio “La Austral” permanezca en el aire hasta que el avión se encuentre
aterrizado.
6).- Queda estrictamente prohibido el vuelo
cuando el avión tenga hielo, nieve o escarcha sobre sus planos, por pequeña
cantidad que sea.
7).- Queda estrictamente prohibido volar en la
zona sobre más de 4/8 de nubes, entre nubes o a menos de 200 metros y con una
visibilidad inferior a 3 kms.- (Siempre que se cuente
por lo menos con una cancha alternativa con demarcación radiogoniométrica).
8).- Se suspenderán los correos cuando el
pronóstico emitido anuncie turbulencia fuerte en el sector a efectuar el vuelo.
9).- El anuncio "amarrar cinturones"
deberá permanecer encendido siempre que se vuele sobre el Estrecho a menos de
500 metros de altura, además de las veces que la turbulencia lo aconseje.
REGULACIONES PARA EL
DESPACHO
10).- Las tripulaciones a quienes corresponde vuelo especial o de itinerario, deberán encontrarse
0.20’ antes de la hora de despegue, en la Caseta LAN en Bahía Catalina.
11).- La tripulación, antes de iniciar un vuelo,
deberá informarse detalladamente de las condiciones meteorológicas en la
oficina de pronósticos LAN y no firmará la cartilla de zarpe aún que lleve el
V°B° del meteorólogo de turno y del despachador técnico.
12).- Junto con el despachador comercial el
capitán deberá firmar la hoja de estiba (1.762 kgs peso máx. p. mat. Electra – (Nota aclaratoria: Los
1.762 se referían al parecer al BOW – Basic Operation Weight)).
13).- La cantidad de combustible y lubricante será
chequeada visualmente por el copiloto.
14).- No se iniciará ningún vuelo en la zona sin
llevar a bordo por lo menos el siguiente equipo de navegación:
a) Cartas
geográficas que comprenden los paralelos
b) Un
computador
c) Un compás de puntas o en su defecto una
regla para medir distancias
d) Un
transportador
e) Un
lápiz, goma y papel en blanco
15).- El siguiente será el equipo de salvataje mínimo para operar en las rutas interdepartamentales
en Magallanes
a) Un
bote de goma tipo grande con botella de aire comprimido
b) Un
extinguidor portátil
c) Tres
cuerdas para equipo de anclaje
d) Un
juego de fundas para motores. Una funda para el tubo pitot
e) Un
botiquín de emergencia
f) Dos
linternas
g) Un
pistolete de señales luminosas con tres cartuchos lacres
h) Una bolsita de herramientas con lo
siguiente: 1 alicate, 1 destornillador mediano, 1 llave inglesa, 1 espátula
para descostrar hielo en la parte interna de los parabrisas.
16).- En caso de pernoctar fuera de la Base, el
avión deberá quedar amarrado, sus comandos trabados, las fundas de los motores
y tubo pitot colocadas, vidrios cabina pilotos
cerrados y puerta con llave. Esto será de exclusiva responsabilidad del
capitán. Por el momento la Empresa cuenta con argollas de amarra empotradas en
concreto en Bahía Catalina, Natales, Punta Chilota y Kimire Ayke.
17).- Todos los estacionamientos se efectuarán
trabando el patín de cola. Esta orden rige tanto para el personal de pilotos
como para los mecánicos.
18).- En los aeródromos en que no se cuente con
personal de tierra, será obligación del copiloto el permanecer al lado de los
motores con el extinguidor manual del avión, mientras el Capitán los pone
en marcha.
19).- Será obligación del Capitán el informar por
escrito (en el informe de vuelo del piloto), cuando su avión fue sometido a
turbulencia fuerte o debió sufrir los efectos de un aterrizaje brusco o
ronzado.
20).- Las presentes regulaciones se mantendrán
vigencia mientras se opere en los servicios regionales de la LAN en Magallanes,
con material Electra. Con aviones más modernos, estas limitaciones podrán ser
corregidas en ciertos aspectos.”
***
Con el piloto Luis Araya instalado como Jefe Operacional en
Puerto Montt, don Alfonso deja establecidas las siguientes disposiciones para
el REGIONAL PUERTO MONTT
PROCEDIMIENTOS
OPERACIONALES PARA EL SERVICIO REGIONAL DE PUERTO MONTT (14 Marzo 1953)
RUTA MON – MAU – ACD – STR (Chiloé
insular)
PROCEDIMIENTOS
GENERALES
1. Recomendaciones respecto a prueba de
motores.- La prueba de motores en tierra será efectuada en forma acuciosa.
2. Para vuelos en material “De Havilland” a Chiloé Insular.- Deberán sacarse los dos
mamparos, el toilette y la cortina.
3. Equipo de salvataje.-
Los despachos deberán efectuarse contando con el equipo de emergencia
necesario, incluyendo chalecos salvavidas, extinguidores a bordo y todo equipo
de emergencia que se estime necesario.
4. El anuncio “Amarrarse los cinturones y
no fumar”.-Deberá permanecer encendido siempre que se vuele a una altura
inferior a 1.000 (mil) pies, y además, en aquellos casos en que el grado de
turbulencia lo aconseje.
5. Postergación de vuelos.- Todo vuelo
zonal deberá ser postergado o cancelado, según el caso, cuando el viento sea superior
a 70 KPH (38 nudos), en cualquiera de los aeródromos de la ruta.
MINIMOS
METEOROLÓGICOS DE LA OPERACIÓN MON – CHILOÉ INSULAR
A) EN RUTA
1) No se operará el servicio regional a
Chiloé Insular (MAU-ACD-STR) en condiciones frontales activas (lluvia fuerte,
chubascos – nieve, aguanieve, formación de hielo a nivele bajos,
precipitaciones heladas, turbulencia moderada a severa etc.), que afecten la
ruta o a cualquiera de los terminales.
Se autorizarán despachos solamente con
sistemas frontales débiles) lluvia ligera sin precipitación helada, turbulencia
ligera, etc.), siempre que estos sistemas no estén afectando en una línea a los
terminales, y que sean condiciones pre o post frontales débiles.
2) No se despachará ningún vuelo en estos
sectores cuando exista un techo en ruta, inferior a 1.000 (mil) pies.
3) Podrá despacharse un vuelo con techo en
rita, inferior a 1.000 (mil pies, siempre que exista una visibilidad superior a
5 (cinco) millas, reduciéndose, en esta forma, el techo hasta un mínimo de 600
(seiscientos) pies.
4) El vuelo en este sector debe efectuarse
siempre con una visibilidad no inferior a 3 (tres) millas. En los despachos de
MON-ACD-STR, ésta deberá ser la visibilidad mínima de operación, siempre que
exista ayuda radio-goniométrica.
Desde los aeródromos mencionados (MAU,
AVCD y STR) hacia MON, deberá volarse con una visibilidad no inferior a 2 (dos)
millas y siempre que exista ayuda radiogonimétrica.
Sin este requisito la visibilidad mínima será de 4 (cuatro) millas.
NOTA.- Los mínimos anteriores son válidos siempre que se
cuente con un aeródromo de alternativa de emergencia, a 30 minutos de vuelo con
un motor operativo.
Los siguientes deberán ser los mínimos de este aeródromo:
1.000 pies de techo; 4 millas de visibilidad, sin radio
faro
1.000 pies de techo; 2 millas de visibilidad, con radio
faro
5) Queda prohibido volar sobre más de 5/8
de cualesquiera formación nubosa, entre nubes y a menos de 600 (seiscientos)
pies con 2 millas de visibilidad, si no se cuenta, por lo menos, con un aeródromo
de alternativa, con ayuda radio direccional.
6) Cuando se opere en condiciones
marginales de WX, será responsabilidad del Despachador de Aeronaves de MON
solicitar que el radio faro de MON permanezca en el aire, hasta que el avión se
encuentre aterrizado o, en su defecto, avisar al piloto respecto de la
inoperancia del radio faro. En caso de que el avión ya se encuentre en vuelo,
deberá solicitar el funcionamiento de la broadcasting local.
7) Ver Anexo
(Reglamento para Despacho en NAS)
B) TERMINALES
Condiciones de los aeródromos (pies – millas):
(*) Solo emergencia
C) PLAN DE VUELO
1) Hora máxima de salida y llegada.- Sólo
se autorizarán operaciones diurnas, comprendidas entre la salida y puesta del
sol, calculadas de acuerdo con las tablas del Anuario del Observatorio
Astronómico de la Universidad de Chile, o del Almanaque Náutico del Smithonian Institute.
Por lo tanto las operaciones
nocturnas, quedan estrictamente prohibidas.
2) Tipo de despacho.- Se efectuará de
acuerdo con los Reglamentos del Vuelo Visual (VFR), quedando sujetos a IFR sólo
los despegues o aterrizajes en MON, siempre que se cuente con ayuda radio goniométrica.
Queda estrictamente prohibido el vuelo
IFR en ruta y que no sea despegue o aterrizaje en MON.
3) Alternativas.- MON, OSN, ACD, y STR,
sólo en condiciones diurnas, de acuerdo con los mínimos descritos arriba,
específicamente, en cada terminal.
4) Limitaciones de aterrizaje y despegues,
con componentes de viento mayores a 70 KPH (38 nudos).- Los vuelos zonales
serán postergados o cancelados cuando el viento sea superior a este mínimo, en
cualesquiera de os aeródromos en ruta.
5) Ruta y altura de vuelo.- Altura mínima
de vuelo vía ruta directa a Chiloé Insular VFR 500 pies, sobre tierra o agua.
6) Mínimo de combustible ruta directa vía
MAU.- Los mínimos de combustible, tomando en consideración aquellos vuelos
directos, deberán calcularse siempre con el nivel de viento y velocidad más
desfavorables, tomando en cuenta la performance del avión, el nivel calculado.
Los tiempos de vuelo, de losa a losa, se han considerado en
la siguiente forma:
MON-MAU 30
minutos
MAU-ACD 20
minutos
ACD-STR 25
minutos
STR-ACD 25
minutos
ACD-MAU 20
minutos
MAU-MON 30 minutos
OSN (Altva.) 30
minutos (MAU sólo Altva.
Emergencia)
Por concepto de Aproximaciones fallidas 15 minutos
De Reserva 45
minutos
TOTAL 240
minutos = 04:00 horas
Consumo horario 140
litros
En consecuencia, el mínimo de combustible que debe cargarse
es de 560 litros
7) Pesos
máximos de despegue permitidos:
MON Sin
restricciones
MAU Con
viento de la componente Norte, inferior a 2 nudos:
Dirección de despegue Sur - Norte, PMD
3.600 Kg. Temperatura máxima 30° C.
Con viento
de la componente Norte, superior a 2 nudos:
Dirección de despegue Sur-Norte, PMD
3.760 Kg. Sin restricción de temperatura
Con viento
componente Sur:
Dirección despegue Norte -Sur, PMD
3.860 Kg. Temperatura máxima 30° C.
ACD Con
viento de la componente Norte, inferior a 2 nudos:
Dirección de despegue Sur - Norte, PMD
3.660 Kg. Temperatura máxima 30° C.
Con viento
de la componente Norte, superior a 2 nudos:
Dirección de despegue Sur-Norte, PMD
3.760 Kg. Sin restricción de temperatura
Con viento componente Sur:
Dirección despegue Norte -Sur, PMD
3.860 Kg. Temperatura máxima 30° C.
STR Dirección
de despegue Sur-Norte, PMD 3.760 Kg. Temperatura máxima 30° C.
Dirección despegue Norte -Sur, PMD
3.860 Kg. Sin restricción de temperatura
RUTA MON – APN – FTF (CHILOÉ CONTINENTAL)
PROCEDIMIENTOS
GENERALES
1) Recomendaciones respecto prueba de
motores.- La prueba de motores en tierra será efectuada en forma minuciosa.
2) Para vuelos de material “De Havilland” a Chiloé Continental:- Deberán sacarse los dos
mamparos, el toilette y la cortina.
3) Condiciones de vuelo.- En condiciones
marginales deberá despegarse de APN rumbo, a FTF con sólo dos Asientos, dejando
los cuatro asientos restantes en APN, para colocarlos al regreso. Para los
efectos de estiba, índice, etc. deberán dejarse colocados los dos asientos
traseros.
En el vuelo APN-FTF-APN, la totalidad
de los chalecos salvavidas quedarán en APN.
4) Equipo salvataje.-
Los vuelos por lado chileno a FTF y APN, deberán efectuarse con equipo completo
de chalecos salvavidas, teniendo especial cuidado el Despachador de Aeronave,
conjuntamente con el personal de tripulantes, de verificar que éstos se
encuentren con ambas cápsulas de aire debidamente cerradas. La tela de los
mismos y sus correas deberán mantenerse
en buenas condiciones.
5) Altura de los vuelos.- Los aviones que
vuelan en la zona a menos de 1.000 (mil) pies sobre el nivel del mar, deberán
cursar QTH (posiciones) cada 20 minutos y mantendrán encendidos sus equipos de
transmisión y recepción.
6) El anuncio “Amarrarse los cinturones y
no fumar”.- Deberá permanecer encendido, siempre que se vuele a una altura
inferior a 1.000 (mil) pies y, además, en aquellos casos en que el grado de
turbulencia lo aconseje.
7) Postergación de vuelos.- Todo vuelo
zonal deberá ser postergado o cancelado cuando el viento sea superior a 70 KPH
(38 nudos), en cualquiera de los aeródromos de la ruta.
MINIMOS
METEOROLÓGICOS DE LA OPERACIÓN MON – CHILOÉ CONTINENTAL
A) EN RUTA
1. La ruta MON- CHILOE CONTINENTAL
(MON-APN-FTF) no se operará en condiciones frontales de ninguna especie.
2. Serán canceladas las operaciones de
vuelo en la Zona, cuando el pronóstico meteorológico indique turbulencia
fuerte.
3. La operación MON – TEN (Chaitén) está regida por los mismos mínimos que están
autorizados en la operación MON – CHILOE INSULAR.
4. La operación TEN – APN podrá
despacharse solamente cuando exista un techo de 3.000 (tres mil) pies de nubes
quebradas o mejor (BKOB), y con una visibilidad no inferior a 5 (cinco) millas.
La operación con cubierto sólido deberá
efectuarse VFR, con un techo no inferior a 4.500 (cuatro mil quinientos) pies.
Esta operación se efectuará siguiendo la ruta TEN – YEL (Lago Yelcho) – APN.
5. La operación APN – FTF – APN, será
efectuada solamente por pre-cordillera argentina. Los mínimos para este sector
serán:
4.000 pies de techo con nubes
quebradas o mejor (BKOB); y
5.000 pies de techo con un cubierto
sólido.
La visibilidad no será, en ningún
caso, inferior a 5 (cinco) millas.
Nota: Cubierto sólido significa 8/8 de nubes compactas
6. De acuerdo con la práctica que se
adquiera en esta ruta, por parte de los tripulantes y Despachadores de
Aeronaves destacados en la zona, las presentes regulaciones podrán ser
modificadas a solicitud del Jefe regional de Operaciones en MON.
B) TERMINALES
Condiciones en los aeródromos:
MON Permanece igual que para los mínimos
descritos en la operación a Chiloé Insular
Nota: Los mínimos consignados para las condiciones de los
aeródromos son en pies y en millas.
C) PLAN DE VUELO
1. Hora máxima de salida y llegada: Sólo
se autorizarán operaciones diurnas, comprendidas entre la salida y puesta del
sol, calculadas de acuerdo con las tablas del Anuario del Observatorio
astronómico de la Universidad de Chile, o del Almanaque Náutico del Smithsonian Institute. Por lo
tanto, las operaciones nocturnas quedan estrictamente prohibidas.
2. Tipo de despacho: Se efectuará de
acuerdo con los reglamentos de vuelo visual (VFR), quedando sujeto a IFR sólo
los despegues o aterrizajes en MON, siempre que se ejecuten con ayuda radio goniométrica. Queda estrictamente prohibido el vuelo IFR en
ruta y que no sea despegue o aterrizaje en MON.
3. Alternativas: MON, OSN, APN, FTF, ESQ (Esquel), sólo en condiciones diurnas, de acuerdo con los
mínimos específicamente descritos arriba, para cada terminal, y para ESQ
1000-3.
4. Limitaciones de aterrizajes y
despegues, con componentes de viento mayores a 70 KPH (38 nudos): Los vuelos
zonales serán postergados o cancelados cuando el viento sea superior a este
mínimo, en cualesquiera de los aeródromos de la ruta.
5. Ruta y altura de vuelo: Altura mínima
de vuelo, vía TEN y pre-cordillera argentina, VFR.
6. Mínimo de combustible: Vía TEN – Precordillera argentina.- Los mínimos de combustible,
tomando en consideración aquellos vuelos directos, deberán calcularse siempre
con el nivel del viento y velocidad más desfavorables, tomando en cuenta la
performance del avión, al nivel calculado.
MON - APN 80 minutos (Vía
TEN)
APN - FTF 25
minutos (Vía pre cordillera argentina)
FTF - APN 25 minutos (Vía
pre cordillera argentina)
APN – MON 80 minutos (Vía TEN)
Alternativa OSN 30 minutos
Por concepto aproximaciones fallidas 15 minutos
De Reserva 45 minutos
TOTAL 300
minutos = 05:00 horas
Consumo horario 140 litros
En consecuencia, el mínimo combustible
que debe cargarse, en las condiciones expresadas, es de 700 litros. Para el
caso de vuelos VFR, sin alternativa OSN, y sin considerar los 15 (quince)
minutos para aproximaciones frustradas, deberá cargarse, solamente 600 litros.
7. Pesos
máximos de despegue, permisibles:
MON Sin
restricciones
APN Despegues
W-E no autorizados
Despegues con 30° C de temperatura o más y viento calma, no
autorizados
Pista
seca:
Dirección E-W, viento inferior a 2
nudos y temperatura inferior a 30° C, PMD 3.620 Kg
Dirección
E-W, viento entre 2/10 nudos PMD 3.560 Kg
Pista húmeda:
Dirección E-W, viento inferior a 2
nudos y temperatura inferior a 30° C, PMD 3.460 Kg
Dirección E-W, viento entre 2/10 nudos
PMD 3.500 Kg
FTF Despegues
W-E no autorizados
Despegues E-W, con más de 30° C de
temperatura y viento calma, no autorizados
Dirección E-W, viento 2 nudos y
temperatura inferior a 30° C PMD 3.360 Kg (ya castigado en 500 Kg).
8. Los pesos máximos de despegue (PMD)
recién mencionados, deberán ser modificados de acuerdo con os trabajos a
efectuarse en las pistas de la zona, por lo cuál regirán provisoriamente.
PROCEDIMIENTOS ADICIONALES PARA
OPERACIÓN CHILOÉ CONTINENTAL E INSULAR
I COMUNICACIONES
Fuera de las comunicaciones con los controles de aeródromos
de estas rutas, deberán darse posiciones cada 20 minutos y en condiciones de
vuelo WX marginal, deberá mantenerse escucha permanente en las frecuencias
apropiadas.
En condiciones de emergencia deberá transmitirse cada vez
que se estime necesario, manteniendo recepción permanente.
Una vez que se obtenga mayor práctica y experiencia, por
parte del personal de tripulaciones y Despachadores de Aeronaves, se indicarán
las posiciones fijas para esta rutas.
RADIO FACILIDADES: Cuando se vuele en condiciones post o
pre-frontales, cerca de los mínimos de operación, será responsabilidad del
Despachador de Aeronaves de MON verificar si el radio faro de MON se encuentra
operativo, asegurando su funcionamiento hasta el término de las operaciones en
MON.
II ESTADO DE AERÓDROMOS PARA ATERRIZAJE
a. Prohibidos
los aterrizajes en pistas totalmente escarchadas
b. Si la
escarcha no alcanza a un 50%, los aterrizajes son permisibles.
c. Pistas cubiertas con nieve suelta, con
más de 8 pulgadas, no deben ser autorizadas para aterrizajes.
d. Pistas que se encuentren en deshielo,
no son autorizadas para aterrizajes.
III REGULACIONES ESPECIALES PARA EL DESPACHO
a) Las tripulaciones a quienes corresponde
vuelo especial o de itinerario deberá encontrarse 20 minutos antes de la hora
de despegue en la Oficina de Control Vuelo de MON.
b) Los tripulantes, antes de iniciar un
vuelo, deberán informarse detalladamente de las condiciones meteorológicas, en
la Oficina de Control Vuelo de MON, y firmarán la autorización de despacho,
conjuntamente con el despachador de Turno.
c) La tripulación firmará la hoja de
estiba, conjuntamente con el despachador Estibador.
d) La cantidad de combustible y lubricantes
será verificada, visualmente, por el Copiloto.
e) No se iniciará ningún vuelo en la Zona
sin llevar a bordo, por lo menos, el siguiente equipo de navegación:
1. Cartas
geográficas que comprendan desde OSN a BAL.
2. Un
computador Dalton E6B
3. Un
compás de punta o en su defecto una regla para medir distancias.
4. Un
transportador
5. Un
lápiz, goma de borrar y papel blanco.
f) El siguiente será el equipo mínimo de salvataje, para operar en las rutas zonales de MON:
1. Un
extinguidor portátil
2. Tres
cuerdas para equipo de anclaje.
3. Una
funda para el tubo Pitot.
4. Un
botiquín de emergencia.
5. Dos
linternas.
6. Una
pistola de señales luminosas, con tres cartuchos rojos.
7. Una bolsita de herramientas con lo
siguiente: 1 alicate, 1 destornillador (mediano), 1 llave inglesa, 1 espátula
para descostrar hielo en la parte interna de los parabrisas.
g) En caso de pernoctar fuera de la base,
el avión deberá ser amarrado, sus comandos trabados, la funda del Pitot colocada, vidrios cabina de pilotos cerrados y puerta
con llave. Este procedimiento será de exclusiva responsabilidad del Capitán.
h) Todos los estacionamientos se efectuarán
dejando frenado el avión y colocándole cuñas. Esta orden rige tanto para el
personal e pilotos como de mecánicos.
i) En los aeródromos en que no se cuente
con personal de tierra, será obligación del Copiloto el permanecer al lado de
los motores con el extinguidor manual del avión, mientras el capitán los pone
en marcha.
j) Será obligación del Capitán el
informar por escrito (en le Informa de Vuelo del piloto) cuando su avión fuere
sometido a turbulencia fuerte o debió sufrir los efectos de un aterrizaje
brusco o ronzado.
k) Deberá tenerse especial cuidado con la
carga del equipaje, cuidando que los bultos con punta queden abajo y los bultos
de ropa y bolsas queden arriba, ya que la parte más delicada de la bodega
trasera del DH Dove es la superior. De todos modos,
las cargas en bodega irán amarradas para evitar deterioros. Igualmente, el
piloto verificará que ningún porta documentos o maletín liviano se lleve en las
rejillas porta equipajes, para evitar que se caigan en vuelo, debido a la
turbulencia.
l) A pesar de la responsabilidad que le
cae a Maestranza, en lo que se refiere al stock de repuestos que se debe
mantener en MON, el Jefe de Operaciones Regional de MON deberá encargarse de
revisar, personalmente los repuestos, pidiendo aquellos que se vayan
necesitando, con el objeto de asegurar un servicio regular en la zona.
m) Cuando el Jefe de Operaciones Regional de
MON estime necesario hacer vuelos de reconocimiento, con el objeto de estudiar
posibilidades de efectuar nuevos servicios zonales, deberá pedir la
autorización pertinente, por medio de un radiograma, al Jefe del Departamento
de Operaciones.
n) Las presentes regulaciones se mantendrán
en vigencia mientras se opere en los servicios regionales, con material DH Dove. Con aviones de mayor potencia, mayores facilidades
terrestres y radio ayudas, estas limitaciones podrán ser corregidas en ciertos aspectos.
Las sugerencias a los presentes procedimientos deberán hacerse por escrito.
Igualmente, deberán proponerse por escrito, a la Jefatura de Operaciones, los
nuevos servicios que se considere necesario efectuar, teniendo presente que
esos vuelos deben hacerse dentro de los límites de seguridad establecidos y con
el material a cargo del Jefe Regional de Operaciones de MON y, de este modo,
servir al progreso zonal.
ñ) Las presentes regulaciones han sido
revisadas y aceptadas por el Jefe de Control Vuelo, señor Carlos Chávez.”
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||